Podemos asesorarle sobre la reagrupación familiar y ayudarle a llevarla a cabo
La reagrupación familiar pretende que una persona extranjera que está residiendo en España de forma legal pueda traer a su familia.
Si es residente en España, lleva aquí desde hace un año como mínimo, tiene todos los permisos y papeles en regla y además tiene permiso para un año o más, está en su derecho de solicitar esta reagrupación.
Entre los requisitos que debe cumplir para solicitarla se encuentran poseer una vivienda digna y tener los medios y recursos económicos suficientes para atender a una familia.
Nuestros abogados tienen una larga experiencia en estos casos y si se encuentra en una situación de este tipo podrán asesorarle sobre todo lo que debe hacer y explicarle a que familiares tiene derecho a agrupar, ya que no todos son reagrupables.
Los principales son el cónyuge o su pareja, los hijos de la persona que reagrupa y del cónyuge además de los que no tengan en común pero se tenga la patria potestad y a los padres o a los del cónyuge si son mayores de 65 años, para este último caso se deberá llevar en España no uno, sino cinco años.
Le ayudaremos a presentar toda la documentación para llevar a cabo este trámite y le defenderemos si no se lo conceden o hay algún problema.
En caso de que todo vaya bien y pueda reagrupar a su familia, a los familiares que lleguen les concederían una autorización de residencia y trabajo y deberán estar en situación legal, sino se podría denegar esta solicitud.
Si desea consultar más información sobre este trámite o que le resolvamos alguna duda, contacte con nuestros abogados y nos pondremos a su disposición para atenderle.
Trabajamos en Barcelona y somos expertos en el sector, siempre con un trato personalizado, serio y discretos en nuestro trabajo.
Si es residente en España, lleva aquí desde hace un año como mínimo, tiene todos los permisos y papeles en regla y además tiene permiso para un año o más, está en su derecho de solicitar esta reagrupación.
Entre los requisitos que debe cumplir para solicitarla se encuentran poseer una vivienda digna y tener los medios y recursos económicos suficientes para atender a una familia.
Nuestros abogados tienen una larga experiencia en estos casos y si se encuentra en una situación de este tipo podrán asesorarle sobre todo lo que debe hacer y explicarle a que familiares tiene derecho a agrupar, ya que no todos son reagrupables.
Los principales son el cónyuge o su pareja, los hijos de la persona que reagrupa y del cónyuge además de los que no tengan en común pero se tenga la patria potestad y a los padres o a los del cónyuge si son mayores de 65 años, para este último caso se deberá llevar en España no uno, sino cinco años.
Le ayudaremos a presentar toda la documentación para llevar a cabo este trámite y le defenderemos si no se lo conceden o hay algún problema.
En caso de que todo vaya bien y pueda reagrupar a su familia, a los familiares que lleguen les concederían una autorización de residencia y trabajo y deberán estar en situación legal, sino se podría denegar esta solicitud.
Si desea consultar más información sobre este trámite o que le resolvamos alguna duda, contacte con nuestros abogados y nos pondremos a su disposición para atenderle.
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